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Adiós al plásticos de un solo uso en áreas protegidas y ecosistemas sensibles

Turistas y visitantes nunca más podrán ingresar plásticos de un solo uso a los parques nacionales naturales, ecosistemas de páramos, ecosistemas marinos, reservas de biósfera y humedales relacionados en la lista internacional RAMSAR.

La prohibición está consignada en el Decreto 2192 del 22 de diciembre de 2023, firmado por el Presidente Gustavo Petro Urrego, el cual reglamenta las medidas orientadas a reducir la producción y el consumo de plásticos de un solo uso en el territorio nacional, conforme a lo dispuesto en la Ley 2232 de 2022.

Sanciones entre los 100 y 50.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes están contempladas dentro de las disposiciones para quienes incumplan el decreto y contaminen con plásticos de un solo uso las áreas protegidas del país.

Plásticos de un solo uso. Imagen cortesía.

Las disposiciones aplican a quienes introduzcan en el mercado, comercialicen, distribuyan y consuman plásticos de un solo uso, así como a las autoridades competentes.

Además de incorporar lineamientos para la prohibición del ingreso de los plásticos de un solo uso en áreas protegidas y ecosistemas sensibles, la norma define responsabilidades para el fortalecimiento de las cadenas de valor del plástico, con énfasis en los recicladores de oficio y las empresas transformadoras.

También establece lineamientos para los procesos de biodegradabilidad y compostabilidad de estos productos en condiciones ambientales naturales.

Imagen cortesía.

Los primeros productos que saldrán del mercado durante una vigencia de dos años serán:

  • Bolsas de punto de pago utilizadas para embalar, cargar o transportar paquetes y mercancías, excepto aquellas reutilizables o de uso industrial.
  • Bolsas utilizadas para embalar periódicos, revistas, publicidad y facturas, así como las utilizadas en las lavanderías para empacar ropa lavada.
  • Rollos de bolsas vacías en superficies comerciales para embalar, cargar o transportar paquetes y mercancías o llevar alimentos a granel, excepto para los productos de origen animal crudos.
  • Mezcladores y pitillos para bebidas.
  • Soportes plásticos para las bombas de inflar.
  • Soportes plásticos de los copitos de algodón o hisopos flexibles con puntas de algodón.
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