Quedó prohibido el castigo físico a menores en el país

Los correazos, cachetadas, chancletazos y toda forma para reprender a los menores en las que se utilice el castigo físico quedaron definitivamente prohibidas en Colombia.

Así quedó establecido luego de que el Congreso de la República aprobara en último debate un proyecto de ley que reforma el artículo 262 del Código Civil Colombiano en el que se establece que “los padres o la persona encargada del cuidado personal de los hijos tendrán la facultad de vigilar su conducta, corregirlos y sancionarlos moderadamente”.

Lo anterior indica que actualmente el Código Civil autoriza el uso de “la palmadita” y el “chancletazo” para la crianza. Esto es lo que se denomina castigo físico y es lo que quedará prohibido a partir de esta nueva ley, que para entrar en vigencia debe ser sancionada por el presidente Iván Duque. 

El proyecto tiene una finalidad pedagógica y alternativa, a través de la promoción de prácticas de crianza sin violencia, amorosas y respetuosas con los derechos fundamentales de los niños de Colombia. Esto quiere decir que no se crean nuevas sanciones o multas sino que busca que se incentiven estrategias para la crianza libre de violencia. 

Para ello, el proyecto fomenta la creación de una estrategia nacional pedagógica, a través de la cual los padres de familia pueden acceder a orientación y acompañamiento psicológico para adquirir herramientas que les ayudarán a formar a sus hijos y corregirlos sin violencia.

Según datos del ICBF, el 82 por ciento de los jóvenes que están respondiendo por algún tipo de Responsabilidad Penal Adolescente han sido objeto de algún tipo de vulneración y castigos físicos en sus hogares, lo que demuestra que el castigo físico genera una cadena de violencia, tal como lo ha explicado la directora del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, Lina María Arbeláez.

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